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Impuesto de Donaciones

Calculadora del Impuesto de Donaciones en la Comunidad Valenciana (2026)

Normativa de 2026Pendiente de revisión legal
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Con menos de 21 años la reducción suele ser mayor.

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En la Comunitat Valenciana, las donaciones entre cónyuge, padres, hijos, nietos y abuelos restan 100.000 € y tienen una bonificación del 99%.

Qué se aplica en la Comunidad Valenciana

  • Reducción de 100.000 € (más 8.000 € por cada año menos de 21 en hijos y nietos menores, hasta 156.000 €).
  • Bonificación del 99% de la cuota entre cónyuge, padres, hijos, nietos y abuelos.
  • Hermanos, tíos y sobrinos: bonificación del 25%.
  • La donación debe formalizarse en documento público (o dentro del plazo de declaración) para aplicar reducción y bonificación.

Plazo para presentarlo: 1 mes desde que se formaliza la donación.

Preguntas frecuentes

¿Se paga impuesto de donaciones en la Comunidad Valenciana?

Entre cónyuge, padres, hijos, nietos y abuelos, prácticamente no: se resta una reducción de 100.000 € y se bonifica el 99% de la cuota. Hermanos, tíos y sobrinos tienen una bonificación del 25%.

¿Hay que ir al notario?

Sí para la reducción y la bonificación: la donación debe constar en documento público o formalizarse así dentro del plazo de declaración. Hay una excepción para donaciones de dinero o vehículos de hasta 4.000 € en tres años.

Estimación orientativa para una sola persona que recibe, no es asesoramiento jurídico ni fiscal. Confirma el cálculo con la administración tributaria de tu comunidad antes de presentar la autoliquidación.

Fuente: Comunitat Valenciana — Ley 13/1997, tributos cedidos (arts. 10 a 12 bis del ISD), texto consolidado a 10/08/2026 (contrastado el 2026-10-05, pendiente de revisión legal).

Fuente: BOE — Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (arts. 20, 21 y 22), texto consolidado (contrastado el 2026-10-05, pendiente de revisión legal).